Extienden control de asistencia para Tercerización
Hoy se ha publicado el DS 010-2008-TR, que establece que los empleadores que reciban trabajadores destacados o desplazados de contratistas o subcontratistas, también deberán llevar un registro de control de asistencia.
Les recordamos que esta obligación recae también respecto de personal que labora bajo modalidades formativas laborales y los trabajadores desplazados por intermediación laboral, no encontrándose incluidos los trabajadores de dirección, los que no se encuentran sujetos a fiscalización inmediata y los que prestan servicios intermitentes durante el día.
Las empresas que brindan servicios de tercerización laboral con desplazamiento de personal incluidas en la Ley 29245 tienen un plazo de 30 días hábiles para adecuarse a lo establecido en el Decreto Supremo bajo mención.
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